Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este martes que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) debe prevalecer sobre el salario mínimo como base para calcular las indemnizaciones civiles por muerte o incapacidad. La decisión se tomó durante la sesión del pleno, donde se discutió la contradicción de criterios 59/2025, la cual había sido pospuesta en tres ocasiones anteriores.
La resolución se aprobó por seis votos contra tres, a favor del proyecto presentado por la ministra Lenia Batres. Votaron a favor de fijar la UMA como criterio único los ministros Hugo Aguilar, Lenia Batres, Sara Herrerías, Estela Ríos, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero. En contra de que existiera dicha contradicción de criterios, y por ende en oposición a establecer la UMA sobre los salarios mínimos, votaron las ministras Loretta Ortiz y Yasmin Esquivel, junto con el ministro Irving Espinosa.
Esta determinación tendrá implicaciones inmediatas en los montos de las reparaciones. Según los datos de la investigación, mientras que bajo el criterio de salarios mínimos el pago por indemnización por muerte podía alcanzar más de 1.5 millones de pesos, con la nueva resolución el monto no podrá rebasar los 585 mil pesos.
La ministra Lenia Batres planteó que la extinta Segunda Sala asumió como base para calcular la indemnización la UMA, mientras que la Primera Sala sostuvo que debía utilizarse el salario mínimo. Al defender su proyecto, la ministra afirmó que “la cuantificación de la indemnización con base en la UMA no implica un menoscabo o retroceso en el derecho a la justa indemnización”, agregando que se atiende a la naturaleza civil del asunto, cuyo fin último es “reparar un daño patrimonial y no una cuestión de carácter laboral”. Batres calificó la determinación como un “mandato constitucional”.
Por su parte, la ministra María Estela Ríos expresó su apoyo a la contradicción de criterios, señalando que subyace una misma cuestión jurídica: la determinación del parámetro válido para cuantificar la indemnización por muerte conforme al artículo 1915 del Código Civil para el Distrito Federal. En contraste, la ministra Loretta Ortiz declaró no compartir el apartado de existencia de la contradicción, al considerar que el aparente punto de choque deriva de diferencias normativas analizadas por cada Sala. Posturas similares manifestaron las ministras Yasmín Esquivel e Irving Espinosa, quienes se pronunciaron por la inexistencia de la contradicción debido a que los preceptos analizados correspondían a elementos diversos para el cálculo.
Cabe mencionar que en noviembre pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum cuestionó el proyecto, señalando que los ministros no legislan, sino que generan jurisprudencia. La contradicción de criterios 59/2025 fue finalmente resuelta este martes por la mayoría de los ministros del pleno.