Ciudad De México, 02 de abril de 2026.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) abrió el portal para que las personas físicas presenten su declaración anual correspondiente al ejercicio 2025. El periodo para realizar este trámite es del 1 al 30 de abril de 2026.
El sistema estará disponible las 24 horas durante todo el mes a través del portal oficial. En el primer día de operación, se registraron 599,035 declaraciones hasta las 17:00 horas. Para 2026, se estima que se presenten más de 11.4 millones de declaraciones, lo que representa un incremento del 3% respecto al año anterior.
Para enviar la declaración, el SAT exige que el contribuyente cuente con RFC activo, contraseña o e.firma vigente. Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos, se requiere e.firma; si es menor, basta con la contraseña. Asimismo, se recomienda tener a la mano una cuenta bancaria con CLABE, necesaria para recibir depósitos cuando resulte saldo a favor de ISR.
La autoridad fiscal implementó mejoras en la plataforma, incluyendo un calendario informativo que permite identificar los días con menor saturación del sistema. La declaración anual es obligatoria para quienes percibieron ingresos por sueldos y salarios, servicios profesionales, actividades empresariales, renta de bienes inmuebles, enajenación de bienes, obtención de intereses o dividendos.
No obstante, las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) no están obligadas a presentar la declaración anual conforme a la regla 3.13.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal. Por otro lado, las personas morales tuvieron como fecha límite el 31 de marzo de 2026 para presentar su declaración.
En caso de omitir la presentación o hacerla fuera de plazo, el adeudo puede incrementarse por la aplicación de multas, actualización e intereses.