Ciudad De México, 22 de abril de 2026.- El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México dictó sentencias condenatorias en contra del diario unomasuno por haber negado el derecho de réplica promovido por Carlos Alberto Torres Torres. El juez Hugo Roberto Pérez Lugo determinó que el actor cumplió con los requisitos legales para ejercer dicho derecho y que el medio de comunicación incumplió con su obligación de rectificar la información publicada.
El fallo, firmado el 16 de abril de 2026 por el juez Pérez Lugo y la secretaria Ximena Betzabe López Dávila, condenó al diario a publicar íntegramente el reclamo de Carlos Alberto Torres Torres. La resolución establece que el periódico deberá otorgar el derecho de réplica con el mismo despliegue en su edición impresa y plataformas digitales.
Adicionalmente, el juez condenó a unomasuno al pago de sendas multas consistentes en 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigentes en la fecha en que se realice el pago, monto que al día de hoy equivale a 58 mil 655 pesos, aunque otras fuentes sitúan la cifra cercana a los 59 mil pesos. La empresa editorial también deberá absorber todos los gastos derivados del proceso legal.
Los procedimientos están relacionados con notas publicadas por el diario en 2025. Uno de los casos deriva de una nota del 18 de octubre de 2025 intitulada ‘Carlos Torres, esposo de la gobernadora de BC, cuenta con orden de aprehensión en EE. UU.’, donde se le vinculaba falsamente con actos de corrupción y órdenes de aprehensión en Estados Unidos. El otro juicio civil fue promovido por una nota difundida el 10 de noviembre de 2025 bajo el titular ‘Investigaciones a esposo y cuñado de Marina del Pilar Ávila incluyen huachicoleo y lavado de dinero’.
El juzgador determinó que el medio difundió información no verificada y carente de sustento fáctico. Mientras que algunas fuentes señalan que la resolución demuestra que Carlos Alberto Torres no enfrenta juicio alguno por los delitos atribuidos y que existe el delito de difamación, la sentencia del Juzgado Segundo de Distrito se centró en la negativa sistemática del diario para otorgar el derecho de réplica y la obligación de rectificar.