abril 12, 2026

Hermosillo, 12 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversos artículos del Reglamento para Sustanciar y Emitir Declaratorias de Abandono y Posesión de Inmuebles Baldíos, Edificaciones y Viviendas de Hermosillo, Sonora, los cuales permitían al municipio ocupar viviendas privadas abandonadas para rentarlas a terceros o transferir derechos posesorios a inmobiliarias.

El pleno de la SCJN determinó, por unanimidad, que los municipios no pueden tomar posesión ni disponer del uso o aprovechamiento de inmuebles privados, aun cuando se encuentren en abandono. La Corte precisó que la regulación sobre la posesión y uso de bienes privados corresponde al Congreso estatal, no a los ayuntamientos.

Los artículos declarados inválidos fueron el 3, 8, 10, 11, 12 y 15 del ordenamiento local. El ministro ponente, Giovanni Figueroa Mejía, señaló que dichas normas municipales rebasaban la potestad reglamentaria municipal e invadían competencias del Congreso estatal.

A pesar de lo anterior, la SCJN validó otras normas del mismo reglamento relacionadas con la posibilidad de emitir declaratorias de abandono de inmuebles. Durante la discusión, el ministro Hugo Aguilar Ortiz comentó: “Entiendo que tenemos límites, porque debemos actuar en función de lo que esté impugnado, pero sí llama la atención esta legislación que, en aras de la buena apariencia o la necesidad, se pueden ocupar bienes que estén ahí, durante cierto tiempo sin habitar, para uso público, dice, incluso, para cubrir necesidades de algunas otras personas”.

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